Garantía de alquileres
Su hijo se va a estudiar? Necesita trasladarse a Buenos Aires por problemas de salud?
Nosotros le ofrecemos Garantías de Alquiler.
1. BENEFICIARIOS:
- Personas físicas en relación de dependencia, jubilados, pensionados o retirados que cuenten con la acreditación de sus haberes en nuestro Banco.
- Personas físicas que se desempeñen en relación de dependencia en empresas estatales y no puedan ejercer la opción por nuestro Banco como agente pagador de sus remuneraciones; o que desarrollen en forma independiente una actividad económica, profesión u oficio que represente su principal fuente de ingresos; jubilados y pensionados nacionales sin acreditación de haberes.
2. DESTINO:
Otorgamiento de aval, para alquileres de inmuebles ( sin cocheras, bauleras, teléfono, Servicio de Internet, etc.) dentro y fuera de la Provincia del Chubut (distinta de la que habite al momento de solicitar el aval) por problemas de salud y para estudiantes universitarios que deben residir en otras localidades.
3. PLAZO MÁXIMO:
24 meses
4. COMISIÓN:
Se aplica comisión trimestral adelantada de entre 0,5% y 1% del valor del contrato de alquiler.
5. REQUISITOS A COMPLETAR POR LOS SOLICITANTES:
- Documentación Mínima para vinculación de clientes (Documento de identidad (DNI, CI, LE) - Constancia de CUIT/CUIL - Recibo de Haberes / Contrato - Factura de algún servicio (Luz, gas, teléfono, etc) para verificar domicilio.).
- Para el caso de estudiantes, se exigirá certificado de estudios extendido por la casa de estudios.
- Una vez al año deberá presentarse al banco certificación de estudios (certificado de alumno regular, analítico, etc).
- Para el caso de traslado por razones de salud, presentará documentación que acredite tal situación (derivación médica o equivalente)
- La inmobiliaria o propietario del inmueble acreditará la titularidad, y presentará inventario de bienes junto con fotos en papel sobre el estado del bien los que serán rubricados por locador y locatario.
Nota: En caso de presentarse fotocopias de la documentación solicitada, relacionada con la vinculación y actualización de antecedentes, las mismas deberán estar debidamente certificadas y autenticadas por el Oficial de Cuentas interviniente.
6. RENOVACIÓN:
Se admitirán renovaciones sobre casos de estricto cumplimiento sobre sus obligaciones y siempre que ante eventual variación del alquiler mensual (por renovación), sean suficientes los ingresos del solicitante.
Una vez vencido el plazo del aval se requerirá del titular la presentación del original del mismo mediante un medio fehaciente de notificación. Al presentarse el mismo se procederá a la cancelación del mismo. La comisión trimestral se seguirá percibiendo hasta el momento de efectiva cancelación del aval, sin importar si el mismo se encuentra vencido o no. En caso de no presentarse el original de aval, se notificará en un plazo prudencial a la persona o empresa a la cual se extendió el mismo a efectos que informen la inexigibilidad del mismo.